Dr. Pablo A de Cuba/ Cubanálisis-El Think-Tank
“En la economía, cuando un Estado regula,
es por la mera razón de que ha perdido
o busca el control sobre algo”
ABREVIATURAS
Régimen de Inversión Extranjera (RIE)
Inversión Extranjera Directa (IED)
Inversión Extranjera Indirecta (IEI)
Asociación Económica (AE)
Capital Extranjero (CE)
Capital Nacional (CN)
Empresa Mixta (EM)
Joint Venture (JV)
Empresas Transnacionales (ET)
Empresas Extranjeras (EE)
Parques Industriales (PI)
Régimen de Zona Franca (RZF)
Sistema Financiero Offshore (SFO)
Sistema Empresarial Offshore (SEO)
El reconocimiento internacional de un Estado como partícipe favorable y seguro en el ámbito de cumplimiento de sus obligaciones comerciales y financieras implica una expresión externa coherente con la creencia sobre la existencia de un real y efectivo Estado de Derecho. Este reconocimiento, se funda en la cabalidad y la certidumbre de los entes activos que actúan dentro de las armónicas relaciones del tráfico mercantil, es decir, sus empresas y demás personas, tanto públicas como privadas, que bajo sus leyes se constituyen y operan. Cuando estas relaciones comerciales traspasan la integración de otras fronteras, la realidad conducente impone una atenta observación al desarrollo del comercio exterior y con ello, a la estabilidad crediticia que dicha nación va logrando en razón del resultado de sus propios actos.
La identidad entre nación y ente económico, a los efectos de la clasificación de un Estado respecto a su factibilidad de ser atrayente como receptor de volúmenes de inversión extranjera, es directamente proporcional a la condición estable de su política; la salud de sus empresas nacionales y la capacidad y nivel de actuación de su mano de obra nativa.
La mera razón sustenta el establecimiento de un lenguaje que abarca la macro consecuencia de resultados y sumatorias nacionales y no de entes aislados. Toda esta maquinaria generadora de riqueza y bienestar, se funda y adecua mayormente dentro de la iniciativa, expectativa y riesgo del sector privado acompañado, a buen merecedor, de una protección estatal congruente hasta el límite del poder económico de dichas entidades.
Esta racionalidad de conjunto no implica ni determina, de forma alguna, el nivel de intervención o favoritismo estatal a las inversiones extranjeras, por lo que la experiencia ha demostrado que determinados excesos estatales discrecionales han sido conducentes a prácticas corruptas ligadas a fracasos empresariales y sujeciones de extorsión y chantaje gubernamental.
La explotación y máximo aprovechamiento en beneficio de las naciones de sus recursos naturales propios, sin interferencias externas, ha sido un fin primordial para muchos Estados. Otro objetivo lo representa, igualmente, la conformación de un sistema de política exterior ordenado y conexo que evite se frustre este propósito por factores como las políticas de fuerza, la inestabilidad económica o el conflicto generalizado en las relaciones internacionales.
Ante una organización estatal de esta índole, toda iniciativa repercute y se convierte es un instrumento importante de credibilidad que impulse las estrategias diseñadas a favor del desarrollo nacional.
Por ende, uno de los objetivos más importante de todo Estado, es impulsar el bienestar económico y social mediante la adecuada canalización del capital hacia aquellas inversiones que arrojen el máximo de beneficio nacional. Esto se refiere tanto al financiamiento interno como el internacional.
En los finitos del siglo XX, la dinámica dominante la constituyó la Globalización Financiera. Esta ha poseído un pensamiento dominante descansado en dos conceptos básicos: mercado y neoliberalismo, a simple decir, una interrelación vinculante donde los mercados mundiales supuestamente se integran por conducto de la liberalización y la desregulación, para así facilitar, de forma expedita, los flujos continuos de capitales.
Es precisamente en los inicios de la globalización donde germina un nuevo modelo de desarrollo, el cual encuentra en el capital internacional su estructura de financiación, la cual se fortalece, en teoría simple, por la libre circulación de flujos internacionales de capital.
El subdesarrollo, que no es una mera palabra de discurso o concepto académico, sino un estado real que funda su presencia, entre otros aspectos, en los bajos niveles de ahorro interno y en la débil conformación de su capital, percibe con amplia perspectiva estos flujos internacionales de capital como el pasaje hacia el desarrollo.
Dentro del marco determinado a un RIE, la globalización ha favorecido, precisamente, la estructura determinada a la Inversión Extranjera Directa (IED), en razón de que permite la liberalización de los movimientos de capital y la internacionalización de la producción, características esenciales para la presencia de las Empresas Transnacionales (ET) con ánimos de control mental y posesión de capitales destinados a la inversión.
El incremento respecto a los movimientos de capital a nivel mundial ha sido evidente, es decir, la transnacionalización del capital ha crecido ostensiblemente desde los inicios de la última década del siglo pasado. Este crecimiento, no ha podido desvirtuar la estructura existente de endeudamiento internacional representado en los créditos y préstamos internacionales recibidos de forma independiente, directos o sindicados, pero si ha disminuido en su incidencia, trayendo como consecuencia una sumatoria a favor de la importancia que reviste la Inversión Extranjera Directa (IED), la cual hace innegable su papel principal en la tendencia, cada vez más determinante, de la globalización económica.
Este panorama trae consigo la determinación real del estadio de desarrollo económico de las naciones emergentes (*) respecto al grado de liberalización directa del comercio, la inversión, la desregulación de los mercados, y un papel cada vez más predominante del sector privado, en contraposición a una presencia aun más reducida de la participación del Estado.
Dentro del interés de objetivar la canalización del referido financiamiento, tanto interno como internacional, se encuentra el establecimiento de un RIE. Este establecimiento se sienta sobre un conjunto de elementos concordantes con la necesidad de determinada nación de superar su situación económica por encima de sus límites y capacidades autónomas de recursos y, por tal razón, incentiva la utilización de sus ventajas comparativas a cambio de una estructuración racional de asimilación de capitales extranjeros para su colocación en los sectores que, bajo una flexible y a la vez determinante y diáfana protección jurídica, concuerdan en una simetría de intereses entre dichas limitaciones y el interés principal del capital a invertir. Sabemos que determinados sectores de la economía de los Estados se reservan, de forma excluyente, como estratégicos y para la participación de sus nacionales.
A estos intereses prioritarios de superación económica que se enmarcan dentro de las inversiones extranjeras se les une, igualmente, la superación de problemas de asistencia internacional que involucran a futuro los resultantes y derivados cambios sociales y de mentalidad, capaces de promover un avance en la sociedad y el medio circundante incluyendo, la propia cultura nativa.
Sobre este pertinente enunciado anteriormente, recordemos lo emblemático de la falsa doctrina que quiso demostrar la internacionalización del socialismo respecto a la dependencia soberana y la expansión capitalista de capitales con la insustentable tesis general de la expoliación de las riquezas y el control social en manos de inversores foráneos. Con estas tesis, preñadas con disímiles matices de dogma políticos, solamente lograron argüir una falsa autodestrucción de los principios de autodeterminación y soberanía de las naciones. La práctica conducente ha sido determinante en la superación de las teorías argüidas cuya base histórica no superaba el periodo de libre concurrencia mercantilista, ya arcaica a estas fechas, pero válidas en su representación y evolución históricas.
Un ejemplo, por demás satisfactorio, de la superación de lo anterior, es el que se enmarca en los límites negociables de la soberanía de cualquier Estado. A modo de ejemplos podemos señalar la utilización comercial de los corredores aéreos, para lo cual se fija un precio; la utilización de las exenciones impositivas como arma de negociación; la emisión de garantías soberanas a favor de entidades privadas, o esquemas de control societario entre países. por solo citar algunos.
Así, lo excluyente del valor de la soberanía quedó superado y asimilado a una racional cesión de un derecho que, anteriormente, los Estados poseían de forma rígida, absoluta y casi insalvable en relación con el avance de la práctica y la doctrina internacional. Este avance se ha venido imponiendo en forma razonada y concordante con una necesidad de progreso de criterios y principios casi inamovibles en su adecuación respecto al tiempo. Dejemos claro que esta adecuación en nada atenta contra los principios que integran la soberanía e independencia de los Estados.
Por ello, la mera superación del principio pétreo del no reconocimiento y participación del Estado en actos civiles y comerciales asimiló el sustento de una nueva forma de exteriorización del acto soberano, capaz de incentivar, con muy poca intervención, la participación del capital extranjero en beneficio de su propia soberanía.
El interés del Estado en los asuntos de la economía no siempre se ha visto con buena pupila. Desde tiempos de la economía clásica, e inclusive los fisiócratas, los vientos del laissez faire buscaban la nula intervención del Estado en los asuntos económicos, al menos en los aspectos necesarios para la subsistencia de la sociedad; asegurar la paz exterior e interior y la garantía de la propiedad, siempre sobre la base de una legislación de amplio espectro de dominio y control de personas y muy poco grupos. Toda tendencia a la agrupación de esfuerzos no era bien vista. Baste recordar que las conversiones empresariales y societarias mercantiles se han perfeccionando según se ha visto la utilidad en la unión del capital y la industria para los fines de las empresas; incluso las codificaciones napoleónicas enfrentaron ese dilema y el resultado fue numerosas sociedades de hecho (hasta secretas) sin tutela jurídica al efecto.
No obstante las propuestas de exquisita doctrina de los clásicos, la intervención del Estado se hizo presente en varios aspectos de la economía. En el mero recuento histórico encontramos hechos que comprueban dicha intervención, tales como la industrialización; los seguros sociales y la intervención en el mercado de trabajo.
Sin embargo, la intervención estatal tomó fuerza necesaria y se amplió de forma importante a partir de la depresión de 1929 y de la Segunda Guerra Mundial. El intervensionismo estatal en las épocas de guerra y de depresión económica, amplió las funciones del Estado. Así vemos como en los periodos bélicos surgieron los controles del comercio exterior y las intervenciones en los mercados de divisas para el control único cambiario. Es precisamente en este periodo cuando la visita a la historia de las doctrinas económicas se repite, y encontramos la teoría keynesiana con su respectiva propuesta de intervención del Estado en la economía, por conducto de la política fiscal y la política monetaria, para evitar la crisis de desempleo.
Por último, señalamos que es justamente en el periodo posbélico, donde se difundió la participación activa del Estado en pos del desarrollo económico. Es en este periodo cuando en Europa se difunde la convicción de que el Estado ha de ser el sujeto económico que debe impulsar el crecimiento económico, y se insertan los primeros conceptos de economías mixtas de mercado.
Ahora bien, debemos reconocer que sin la intervención de Estado en actos de riesgo compartido es imposible incentivar la participación del sector privado en empresas de alto riesgo y costo, aunque al final del camino se privatice el sector de mercado explotado conjuntamente. De ahí el concepto básico y general de Empresa Mixta, que más adelante abordaremos.
No obstante, en honor a la verdad, es necesario señalar que en algunos casos la inversión extranjera se ha deformado en su esencia y se ha extendido corruptamente más allá de las fronteras empresariales y de su objetivo de desarrollo, utilizando las ventajas y estímulos brindados a los inversionistas en pos de lograr el control político en sociedades con gran desigualdad interna. Estos son los casos de entendimiento corrupto entre las elites de poder nacionales asociadas a las entidades extranjeras para mantener sus privilegios internos. La forma en que más se tipifica esta deformación criminal es en la cesión del control de los recursos clasificados como estratégicos a cambio de que una buena parte de las ganancias de la inversión extranjera, que son principalmente exportadas, se retengan o encubran para el consumo suntuario de dichas élites locales.
Desgraciadamente, hay ejemplos de este panorama que han llegado a traducirse, inclusive, en un capital para gastos militares destinados a contener cualquier explosión social derivada de dicho nivel de desigualdad. Esta inescrupulosa práctica, en vez de hacer crecer la economía, actúa acrecentando los niveles de desigualdad y pobreza. A estas naciones mayormente concurren capitales de muy poca credibilidad e, inclusive, marcados como sucios.
Este indeseable resultado también se ha visto marcado por la flexibilización incontrolada a la que se han expuesto determinados países por atraer nuevos flujos de capital.
De igual incidencia negativa resulta el incremento del fraude comercial y financiero que ha derivado dichas prácticas corruptas, trayendo, entre otras, las siguientes consecuencias: 1) poca credibilidad en los instrumentos lícitos de comercio; 2) pérdida de confianza en los mecanismos para las transferencias monetarias; 3) desacreditación creciente de instituciones estatales y privadas principalmente bancarias y financieras y; 4) la desinversión constante y la sustracción de capitales.
Es, precisamente en los incentivos económicos y en la protección jurídica donde los RIE se presentan como un fenómeno participativo del Estado, ya que es inexcusablemente con la emisión de garantías soberanas a favor de los controladores y poseedores de los flujos de financiamiento externo que se asimilan más los capitales externos dirigidos a los sectores de la economía, los cuales el propio Estado incentiva en su participación.
Actualmente, la mayoría de los países receptores compiten en sus posiciones de recipientes de capitales extranjeros, siendo así que la mayoría de los gobiernos ofrecen, de forma continua y variada, determinados alicientes y beneficios diferenciados por sectores económicos que estimulen, a fin de cuentas, a aquellas empresas que opten por su país como plaza para establecer sus operaciones.
Estos estímulos, se refrendan en garantías de índole jurídica encaminadas a garantizar aquellas de índole económica.
Dicha normativa también se extiende a los servicios estatales de apoyo al inversionista, seguridad en la mano de obra, protección de la propiedad y repatriación de capitales, hasta exenciones de índole fiscal.
Estos incentivos son, en definitiva, la base constitutiva donde se erige todo el privilegio soberano que hace atractivo a los inversores foráneos la toma de acciones conjuntas y de riesgo compartido dentro de un determinado RIE.
El factor que media entre el riesgo y el nivel de rendimiento de la inversión y su respectiva estabilidad y seguridad jurídica dentro de un reconocimiento cabal y efectivo de derechos y obligaciones recíprocas, ha de ser el eslabón de engrane entre la iniciativa privada y la intervención estatal limitada, donde esta última, como expusimos, se constriña a la emisión de estímulos, incentivos y garantías a favor de los inversionistas, y nunca como controlador activo, indirecto o instrumental de éstos.
En suma, podemos argüir que esta base estructural de calificación esta integrada, de forma inseparable, con los actos soberanos encaminados a: incentivos y estímulos económicos; estabilidad política; seguridad jurídica, y transparencia. Estas son, en definitiva, las premisas más simples de atracción al capital extranjero, y con ello la materialización de un RIE.
Así expuesto, y ya dentro de un determinado sistema de inversión extranjera, lo anterior nos conduce a una segunda etapa de resultado, referido al cálculo de los niveles de retorno que brindan las oportunidades de colocación de dichos capitales, tomando como bases, entre otras, las ventajas comparativas de la plaza objeto de la inversión y el sector incentivado, que serán determinantes al momento de clasificar, por parte de los inversores, la condición de un país como atrayente a un RIE.
Por ello, solamente un alto margen de estabilización (mayormente a largo plazo) y rendimiento del capital compensa el nivel de riesgo de su transnacionalización. La mera ubicación geográfica como estrategia de expansión de mercado ya no es suficiente a los intereses de los fondos de inversión.
La originalidad conductora de esta transnacionalización se materializa cuando estos flujos de inversión extranjera asimilan más estímulos de garantías y productividad financiera que otras ventajas comparativas y, como tal, se ocupan de acoplar en determinada nación.
A partir de la óptica estructural del lugar que ocupa una nación respecto a su capacidad económica, un RIE puede considerarse como la atracción que se produce en países en vías de crecimiento sobre los capitales foráneos necesarios para constituir una etapa superior en su mejor desarrollo.
Desde los precisos instantes en que se constituye un RIE afloran dos de sus características más importantes:
- Como tal, significan una ampliación incidente y directa del capital industrial o comercial.
- Se dirigen hacia las naciones donde existe estabilidad económica y política.
En la resultante de la inversión extranjera también subyace el elemento de asimilación cultural de métodos y esquemas empresariales que, de una forma u otra, implican un alto grado de influencia por parte del inversor foráneo en la gestión de la empresa residente en el otro país que, al final de cuentas, deriva en una transculturación sistémica de enseñanzas.
Esta influencia, la que en buena lid se busca de forma espontánea y positiva, comienza desde el mismo momento en que se inician y aplican las gestiones de negociaciones e intercambios de acuerdos de inversión, es decir, la transacción inicial entre ambas entidades como a todas las transacciones subsiguientes, hasta establecerse como una captación cultural positiva al interés de la inversión.
La viabilización de trámites y la celeridad en los procesos de negociación, aprobación, constitución e inscripción, son factores indisolubles al resultado de la buena gestión de captación de capitales extranjeros.
Para nadie, es un secreto que el Estado es, por su propia naturaleza intrínseca, un ente económicamente ineficiente y capaz solamente de construir una enorme riqueza de estricta regulación impositiva para su utilización, pero imperfecta, como fuente de crecimiento nacional.
Nada se aprecia de forma más consecuente con el riesgo que corre el Estado dentro de RIE, al dejar delimitado que su aportación parte de su capacidad de disponer de la propia hacienda pública.
Sin embargo, podemos enumerar varios enemigos de la eficiencia económica, pero la burocracia es, a menos de interpretación favorable de los políticos de poca monta, el síntoma de entrometimiento y control ineficiente del Estado en los asuntos domésticos.
Es por ello que, en evitación de innecesarios trámites, por demás intransparentes, la inteligencia del legislador en este sector tan sensible de la economía ha de ser y debe traspasar el límite de la implicación mínima de la reglamentación administrativa, y dejar la solución a la formalidad de la libre concurrencia de intereses, es decir, a lo contenido en los contratos de estructuración de inversión.
Los efectos resultantes de un RIE dependen de toda una gama de factores concordantes existentes en los países receptores, que se deben tomar en cuenta desde los inicios mismos de las negociaciones. Por solo enumerar algunos de alta incidencia, referiremos 1) el nivel de participación del Estado en el control económico; 2) el acceso y la distribución de la riqueza; 3) nivel de control de la producción; 4) estructura, tamaño y volumen del mercado nacional y externo, tanto de bienes de consumo como de servicios y; 5) marco regulatorio, en general y en especifico, al referido al RIE.
Un buen hilo conductor para un RIE conduce a un péndulo positivo en su resultado. Igualmente, una inversión extranjera bien orientada desde sus inicios y corregida en su desarrollo permite a los países receptores lograr sus objetivos planteados en la asimilación de flujos de capital extranjero y, en definitiva, aumentar la productividad y la competitividad de sus empresas, a través de la expansión de su infraestructura empresarial de consumo nacional y exportaciones.
Hoy es indiscutible el papel central que juegan el capital y la tecnología en la esencia misma del desarrollo económico: sin la interrelación de ambos, no sería posible lograr la generación de riquezas que, en definitiva, estimule a los países inversores a partir dentro de determinado RIE.
Sobre este supuesto, igualmente se amplían los requerimientos de mano de obra capaz de asumir y adaptar tecnologías a las condiciones del país.
La simple transferencia de capitales no debe ser la brújula en virtud de la cual se orienta un RIE, sino el fomento y la transformación de la estructura productiva del país receptor con el objetivo de insertarlo en los mercados internacionales, tanto tradicionales como nuevos que se incorporen con una marcada competitividad. Esta inclusión debe ir acompañada de políticas macroeconómicas que susciten la estabilidad financiera, así como el establecimiento de un efectivo encadenamiento productivo entre los diferentes sectores económicos nacionales.
Ahora bien, no todo es perfección y asimilación correcta de políticas y estímulos respecto a un RIE. La crisis actual ha dejado al relieve que la globalización posee y ha mostrado sus falencias.
Pensemos que, per se, la concepción de cualquier sistema integrado hace factible la transmisión directa de sus virtudes y sus defectos, máxime cuando esa integración es de origen exclusivamente humano, haciendo con ello toda oportunidad y aliciente a la imperfección conducentes a lagunas que se originan en su implantación y desarrollo. Aún con dichas lagunas, la globalización es, por su contenido, una aceptación integracionista.
Para mayor abundamiento sobre el pertinente de las lagunas (sin que por esto se deduzca o pretenda deducir una armónica apología a ultranza a la globalización), referiremos ejemplos que consideramos importantes a los efectos de la determinación primaria de instituciones de contenido tanto económico como jurídico que inciden en la buena canalización de un RIE.
Un exceso, que consideramos implícito, es el predominio que algunos teóricos neoliberales le conceden, en condición insuperable, al poder absoluto y supraregulador del mercado como mecanismo autónomo de libre corrección. Estos poderes y libertades auto-correctivas, actuando en economías interdependientes y entrelazadas unas con las otras, chocarían con la tribulación de condiciones de desequilibrios, tanto de políticas de macro como micro economía; desniveles de incidencia y volumen crediticio, diferencias de acceso y aplicación a la tecnología; niveles de educación y especialidad de la mano de obra, y otros factores que hacen, en principio, insoportable un acontecimiento autónomo de corrección.
Otro extremo que igualmente incide a nivel social es el reiterado papel protagónico a las empresas privadas, sean nacionales o extranjeras, frente a una reducción considerable, casi excesiva o servil, periférica del papel del Estado que, aún limitando su intervención, lo relega a velador o cumplidor de encomiendas como un Estado de bienestar absoluto y proscrito a sectores tales como Educación, Salud, Cultura y con mayor incidencia, el del Medio Ambiente y Seguridad Nacional.
En evitación de excesos conducentes al daño, toda relación ha de coincidir en el centro de balance que debe existir en la proporción entre el Estado en su condición de soberano y protector de intereses colectivos, y el mercado como centro de correlación de intereses individuales materializado en las acciones individuales o empresariales de los individuos que integran la composición humana de su territorio. Esta relación siempre ha ser propicia para el crecimiento y no de forma antagónica, para así sustentarse sobre una base de complementariedad y no de divisiones, conflictos y luchas irremediables de contrarios que atentan contra una profundización en la integración nacional.
Si bien las naciones de menor desarrollo buscan y deben hacer sus mejores esfuerzos para el establecimiento de políticas que faciliten los flujos de inversión extranjera, no deben desprenderse de su autonomía para poder solventar decisiones sobre la determinación respecto a la mejor utilización racional de sus recursos nacionales, contraponiéndose a cualquier intento de sus respectivos gobiernos que, en su búsqueda desesperada, caen en una competencia de incentivos absurda que otorgan muchos derechos y pocas responsabilidades a los inversores externos, y que simplemente se traducen en el debilitamiento de la soberanía nacional y en deterioro de la sociedad en general.
Si caótico es el resultado derivado del estimulo errado sobre determinada percepción de una realidad activa, peor es tratar de anteponer otra variante ideal como creencia ante dicha realidad. Esto conduce a un idealismo falaz de dimensiones incalculables, y ese idealismo es real en las regiones subdesarrolladas de este mundo. Son muchos los aspectos que un RIE no puede superar, así sea la mejor de sus intenciones.
Estas y otras lagunas no son resultantes solamente de la globalización o de sus resultados de paliación de males: existen factores que, si bien inciden en el nacimiento de estas lagunas, su existencia es ya anterior y se incorporan en virtud de esa propia integración.
Por ejemplo, existen países, e inclusive regiones, de este hermoso planeta en que sus habitantes apenas subsisten en precarias condiciones de insalubridad, ignorancia y miseria. Baste decir, y fácil resulta comprobar, que en muchos países existe, en pleno Siglo XXI, una organización tribal de sus ciudadanos. Esos propios países arraigan un cúmulo de insatisfacciones de vida que superan la tolerancia concebida actualmente para la existencia humana. Ya no solamente hablamos de deficiencia en infraestructura de las vías de comunicación, o de energía eléctrica, educación, administración pública, garantías y derechos básicos, sino de un modo de vida aún distante a los niveles mínimos de la pobreza. Para muchos habitantes de estas naciones, ser pobre se convierte en una meta y, ¿por qué no?, en un logro.
Buscando un sentido corrector más concreto, analicemos que hablar de desarrollo económico es sólo una parte del progreso al que aspira el hombre y no su sentido propio y único de vida. Este progreso requiere de un ambiente adecuado para que el propio hombre, en sus mínimas condiciones de existencia, pueda satisfacer sus aspiraciones tanto materiales como espirituales.
Superar estos contrastes es una tarea en extremo compleja y de muchos matices. También es innegable el cataclismo provocado por los gobiernos de estas naciones, de forma consciente y premeditada, auto saqueando el poco erario publico existente, e inclusive los escasos recursos que otros países u organizaciones internacionales les hacen llegar a sus pobladores en forma de donaciones.
Estos contrastes no son resultado de este proceso de globalización, aunque para muchos depredadores de la sistémica integracionista la aplicación de patrones de neoliberalismo en un mundo globalizado aumenta la brecha de las desigualdades existentes y se crean caminos de polarización de poderes y riquezas. Estas incongruencias vienen arrastrándose desde el origen mismo de las naciones.
Nadie discute a estas alturas la interrelación global de las economías ni de que sus resultados positivos se expanden con la misma autenticidad que las crisis. No obstante, el papel que el Estado ha de jugar durante estos estadios cíclicos se funda en el principio de que para salir de la crisis económica se hace preciso establecer más flexibilidad y libertad en la economía. Cuanto mayor es el incentivo a favor los entes activos creadores de riquezas mayor es el ímpetu en su avance. Cuanto menor sean la clasificación taxativa y los niveles de impuestos, mayor satisfacción existirá en la producción, el consumo y el ahorro. Con menos gasto burocrático, más estabilidad presupuestaria, y menos intervención del Gobierno. En suma, sin un sistema empresarial y financiero sólido dentro de una sociedad coherente con sus principios y funcionamiento no hay economía que se sustente.
Definitivamente, una declinatoria de responsabilidad donde coinciden argumentos a favor y en contra de un mundo imperfecto en el cual vivimos, pero aún natural, en el que, por suerte, nos deja la posibilidad de argumentar y lograr mejoras constantes a nuestro favor.
En esta resultante tampoco queda descartada o exenta de responsabilidad una mala utilización de un RIE en determinado país.
No en vano el progreso económico y social ha puesto a prueba los propios avances en la humanidad. Este camino, como ninguno, no ha estado exento de dificultades, muchas irreparables y ejecutadas a sabiendas de su resultado, como han sido los problemas relacionados con el impacto ambiental, el extermino de reservas naturales y especies animales, conflictos étnicos y otros. Por eso, el empeño en un desarrollo sostenible tampoco es diferenciador ni excluyente en la asimilación de RIE.
Para finalizar esta parte de este trabajo, citemos un ideal muy representativo de la mayoría del hombre de hoy. Para mayor libertad, no le daremos referencia de origen:
“Llegará un día en el que las naciones serán juzgadas no por su poderío militar o económico, ni por el esplendor de sus ciudades y sus edificios públicos, sino por el bienestar de sus gentes; por sus niveles de salud, nutrición y educación; por sus oportunidades de lograr la justa recompensa a sus esfuerzos; por su capacidad para participar en las decisiones que afectan a sus vidas; por el respeto de las libertades civiles y políticas; por como se cuida a los más débiles; y por la protección que se da a las mentes y cuerpos en desarrollo de sus niños".
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(*)A los efectos de países receptores de un RIE, caen dentro de la misma clasificación, aun con o sin marcada interpretación de fondo, tanto los denominados “países en desarrollo” como los de “economías emergentes” u otra denominación análoga.
Evitando valoraciones de contenido semántico o derivativo de conceptualizaciones, utilizamos nociones como las expuestas de “países en desarrollo” o de “economías emergentes” u otras para asociar al simple lector con la terminología utilizada en otros estudios que tienden a diferenciar, por separado, ambos conceptos, cosa esta que no es de interés a nuestro objetivo.