cubanalisis
Armando
Navarro Vega
A principios de los 90´
circulaba en La Habana un chiste que reflejaba la forma en que la
gente había captado la esencia del proceso por el que habían
transitado los países del bloque soviético, y por el que
supuestamente pasaría también Cuba. A la pregunta de “cuál es la
definición de Socialismo” la respuesta era: “el largo, tortuoso, y
angustioso tránsito entre el capitalismo y el capitalismo.” La
cantidad de adjetivos utilizados para calificar el “viaje” dependía
del que contase el chiste, pero la identificación del destino final
era inexorablemente la misma.
·
Aviso: se
buscan socios capitalistas para construir el socialismo
Para suplir la
desaparición del decisivo apoyo soviético y lograr la reinserción de
Cuba en la economía mundial, era imprescindible la incorporación de
inversores extranjeros. En las Tesis y Resoluciones del IV Congreso
del Partido Comunista de Cuba celebrado en octubre de 1991, en
particular en la Resolución sobre el desarrollo económico del país,
se señala lo siguiente:
"Como complemento a los
esfuerzos inversionistas que debe realizar el país, se estimula la
inversión extranjera en las ramas y territorios donde resulte
conveniente por su aporte en términos de capital, tecnología y
mercado, utilizando para ese fin diferentes modalidades de
asociación, tales como empresas mixtas, producciones cooperadas,
acuerdos de comercialización, cuentas de participación y otras,
según las regulaciones establecidas en nuestra legislación. En este
caso Cuba está dispuesta a desarrollar adicionalmente proyectos de
inversión con un tratamiento preferencial para nuestros socios de
América Latina y el Caribe. Como paso de avance hacia la integración
económica regional podemos, en condiciones que lo justifiquen,
otorgar facilidades aún mayores en el aporte de empresas y capitales
latinoamericanos a realizar en nuestro territorio".
En esa misma dirección, la
Asamblea Nacional del Poder Popular aprobó en julio de 1992 una
reforma de la constitución de 1976 en la que, además de desaparecer
el reconocimiento a la “guía y el apoyo” de la Unión Soviética y el
Campo Socialista, se abre la puerta en el Artículo 15 a una posible
privatización de los bienes de propiedad estatal “en casos
excepcionales, definidos y aprobados por el Consejo de Ministros,
que favorezcan el desarrollo de la economía”, y en el Artículo 23 se
reconoce la propiedad de las sociedades y empresas constituidas
dentro del marco legal con capital mixto cubano y extranjero.
Se desempolvó el Decreto
Ley 50 que desde 1982 regulaba la inversión extranjera, al que le
seguiría en sustitución de aquel la Ley 77 de 5 de septiembre de
1995 (para la que oficialmente se anuncian cambios antes de que
finalice el año 2012), o el Decreto Ley 165 de 3 de junio de 1996
sobre Zonas Francas y Parques Industriales.
En 1988 se creó la primera
empresa mixta con capital español y cubano para construir el Hotel
Sol Palmeras en la playa de Varadero. Ya existían acuerdos para la
gestión de instalaciones hoteleras, como en el caso del Hotel Habana
Libre antes citado, y los primeros tour operadores comenzaban a
“trabajar el destino Cuba” desde distintos países. De la (aún)
República Federal Alemana llegaban varios vuelos charter semanales
desde Dusseldorf, Colonia o Munich, por citar un ejemplo.
·
El
“apartheid” turístico
Este fue el comienzo del
“apartheid turístico”, un proceso de segregación de los cubanos
dentro de su propio país a favor del turismo internacional que
alcanzó su clímax en los 90´, consistente en la restricción o
prohibición del acceso y disfrute de playas, zonas turísticas e
instalaciones hoteleras, restaurantes, bares y cafeterías,
falazmente “resuelto” de manera oficial con el anuncio de la
abolición de una serie de “prohibiciones excesivas” en marzo de
2008, pero totalmente vigente desde el punto de vista práctico si se
tiene en cuenta que un médico gana unos 20 ó 25 dólares mensuales al
cambio oficial interno, y eso no le alcanza ni para una merienda en
uno de estos establecimientos.
Seguramente más de un
canadiense, alemán, italiano o español despistado se extrañaría del
poco caso que hacían los isleños de sus recursos naturales y
turísticos, mientras degustaban un Mojito o una Piña Colada en una
playa desierta por la que merodeaban algunos sujetos totalmente
vestidos (a los que al parecer les encantaban las mismas camisas de
cuadros), y frecuentada solo por bañistas sospechosamente “pálidos”
con los que también compartían la mesa buffet en los desayunos.
A finales de los 80´
alquilé junto con otros amigos una casa particular en la playa de
Varadero. Una tarde salí a pasear y mi hijo mayor quiso tomarse un
refresco. Caminé más de dos horas con el niño sobre mis hombros de
hotel en hotel, de villa en villa, de ranchón (chiringuito) en
ranchón, y siempre obtuve la misma respuesta negativa acompañada de
la misma explicación: para consumir tenía que ser huésped (entonces
se podía alquilar una habitación, siendo cubano y no en todos los
hoteles, solamente por Luna de Miel, por el plan de estímulos del
sindicato o por autorización de algún organismo del Estado) o pagar
en “divisas”, en la práctica sinónimo de dólares estadounidenses,
algo que como ciudadano de mi país no podía hacer porque la tenencia
de moneda dura estaba penalizada con cárcel, y era un deber del
camarero denunciarme si yo hubiese intentado pagar con dólares, que
por supuesto tampoco tenía.
O sea, para que mi hijo se
tomase un refresco de fabricación nacional en Varadero, tenía que
ser huésped de un hotel con acceso restringido o discrecional para
los ciudadanos cubanos residentes en el país, o ser extranjero (en
cuyo caso el acceso al hotel, a sus instalaciones y servicios era
irrestricto) y pagar con una moneda cuya posesión era un delito para
nosotros. Aquel sitio ya no era para mí.
Nicolás Guillén, elevado
por el régimen al rango de “Poeta Nacional” por su devota entrega a
la causa, se convirtió (quién se lo iba a decir) en el autor de un
poema subversivo titulado “Tengo”, que extrañamente nadie recordaba
ni declamaba en los medios de comunicación, en particular por estas
tres estrofas:
“Tengo, vamos a ver,
tengo el gusto de andar
por mi país,
dueño de cuanto hay en él,
mirando bien de cerca lo
que antes
no tuve ni podía tener…
Tengo, vamos a ver,
que siendo un negro
nadie me puede detener
a la puerta de un dancing
o de un bar.
O bien en la carpeta de un
hotel
gritarme que no hay pieza,
una mínima pieza y no una
pieza colosal,
una pequeña pieza donde yo
pueda descansar…
Tengo que como tengo la
tierra tengo el mar,
no country,
no jailáif,
no tennis y no yatch,
sino de playa en playa y
ola en ola,
gigante azul abierto
democrático:
en fin, el mar”.
Las sociedades conjuntas
en el sector del turismo cobraron especial fuerza en los años 90´, y
se crearon varias cadenas como Horizontes, Gran Caribe, Cubanacán,
Isla Azul o Gaviota, con una amplia oferta especializada que incluía
desde restaurantes hasta el traslado de los turistas dentro de Cuba
en viejos aviones soviéticos procedentes del ejército, recién
pintados para tapar las insignias de la DAAFAR (Defensa Antiaérea y
Fuerza Aérea Revolucionaria).
Gracias al rápido
crecimiento del número de turistas y del porcentaje de ingresos, el
sector resultó ser muy atractivo para la inversión extranjera. El
número de visitantes que llegó a la isla se multiplicó por cuatro
entre 1990 y 1998, y el número de habitaciones disponibles se
duplicó en el mismo período.
Las inversiones
extranjeras directas
Las inversiones
extranjeras directas fluyeron también hacia otros sectores como la
minería, la energía, las telecomunicaciones, las finanzas o incluso
la actividad inmobiliaria, así como hacia la industria y la
agricultura.
La empresa cubana
Geominera S.A. llegó en los 90´ a establecer acuerdos y contratos
con entidades extranjeras para la prospección y exploración a riesgo
(compartido o no) de yacimientos de cobre, oro, plata, cromo,
magnesio, plomo o zinc, y para la comercialización de minerales,
excepto el níquel, entre las que se encontraban las firmas
canadienses Republic Goldfields Inc., Metall Mining Corporation,
Miramar Mining Corporation, Heath & Sherwood International Inc.,
MacDonald Mines Exploration Ltd, Holmer Gold Mines Ltd., Bolivar
Goldfields Ltd., Scintrex y Joutel Resources Limited, las panameñas
Minamerica S.A. y Ninanfrica S.A., la Mining Italiana SPA, o la
australiana Rhodes Mining NL.
Cuba posee la tercera
parte de las reservas mundiales de Níquel. La producción de la vieja
planta “Pedro Soto Alba” para la extracción del mineral (en realidad
sulfuro de níquel más cobalto, difícilmente comercializable en el
mercado internacional en su estado natural) ubicada en Moa, se
refinaba en su totalidad durante la etapa de la revolución en la
Unión Soviética hasta el año 1991.
En 1992 dicha producción
comenzó a refinarse en Canadá, y en 1994 se crearon tres empresas
mixtas que se ocuparían de las operaciones de extracción en Cuba
(Moa Nickel S.A.) de la refinación en las instalaciones de Port
Saskatchewan en Alberta, Canadá (The Cobalt Refinery Co. Inc.) y de
la comercialización, a través de la International Cobalt Company
Inc. con sede en Bahamas.
En el sector de la energía
se produjo una notable concurrencia de empresas extranjeras de
manera directa o a través de subcontratas, en un primer momento de
Canadá, Reino Unido, Suecia y Francia, a las que se han añadido a lo
largo del tiempo firmas de Alemania, Israel, Panamá, España,
Venezuela, Italia, China, Singapur, Brasil, Vietnam o Rusia,
atraídas por la posible existencia de una importante reserva de
petróleo en el área del Golfo de México bajo jurisdicción cubana.
La empresa canadiense
Sherrit ocupa un lugar destacado dentro del conjunto de proyectos
energéticos coparticipados, a través del consorcio cubano canadiense
Sherrit Internacional y la empresa mixta Energas, que produce
electricidad a partir del gas natural asociado a la extracción de
petróleo de los pozos del norte de La Habana y Matanzas.
En las telecomunicaciones
destaca en los 90´ la creación de la empresa mixta ETECSA con la
mexicana CITEL, a la que luego se unirían la Stet International, o
la filial (también italiana) de Telecom. La Corporación Sherrit
adquirió parte de la empresa de telefonía móvil Cubacel S.A.
Ya en 1995 comenzaron a
operar fondos de inversión con el objeto de crear oportunidades de
negocio en Cuba como Beta Gran Caribe Limited, la Commonwealth
Development Corporation, o Dynafund. Se produjeron acuerdos entre
entidades financieras cubanas y extranjeras para ofrecer créditos a
empresas, como el del Banco Popular de Ahorro y Caja Madrid, o se
crearon empresas mixtas y oficinas de representación de entidades
extranjeras para ofrecer servicios financieros y de asesoramiento
como la Caribbean Finance Investment (CARIFIN) CDC Capital Partners,
Fincomex Ltd., o Novafin Financiere S.A.
Se produjo una profunda
reestructuración y ampliación del sistema bancario y financiero
cubano con la creación y/o establecimiento de decenas de bancos,
instituciones financieras no bancarias y oficinas de representación
para garantizar que las empresas extranjeras, mixtas y estatales
pudieran realizar sus operaciones, invertir, exportar o importar
“con discreción”, y al propio tiempo pudieran ser controladas y
reguladas por el estado “socialista”.
Las sociedades cubanas
Habaguanex, Cimex y Cubalse iniciaron la actividad inmobiliaria con
inversionistas extranjeros españoles y franceses. Aurea S.A.,
empresa creada por Habaguanex y el Grupo Argentaria, se encargó de
la remodelación del edificio que ocupaba la antigua Lonja del
Comercio de la Habana; las firmas International Investment &
Traiding de Luxemburgo y la cubana LARES crearon la empresa mixta
Real Inmobiliaria S.A. para construir una zona residencial para
extranjeros al oeste de La Habana. Otra empresa mixta, la Monte
Barreto S.A., se encargaría entre otros proyectos de la construcción
del Centro de Negocios Miramar.
La empresa hispano
francesa Altadis se asoció con la cubana Habanos S.A. para la
comercialización del tabaco. El ron Havana Club se produjo y
comercializó a través del consorcio Havana Club Internacional,
siendo sus socios Havana Rum & Liquors y la firma francesa Pernod
Ricard.
La corporación Coralsa
(Corporación Alimenticia S.A.) perteneciente al Ministerio de la
Industria Alimenticia (MINAL) y la empresa canadiense Labatt Brewing
Co. Ltd., a través de su filial Cerbuco Brewing Inc., crearon la
empresa mixta Cervecera Bucanero S.A. que operó la antigua fábrica
Mayabe para la elaboración de cervezas y maltas.
La planta procesadora de
soja de Santiago de Cuba fue el resultado de la colaboración entre
la compañía canadiense Sherrit y Coralsa. La empresa mixta
Industrias Cárnicas Hispano-Cubanas Bravo S.A. aprovechó la
experiencia y la tecnología de la firma valenciana Provalca S.A.
para comercializar sus productos en Centroamérica y el Caribe.
Coralsa y el grupo suizo
Nestlé crearon Los Portales S.A., dedicada a la producción y
comercialización de refrescos y aguas minerales, introduciendo el
empleo del envase de Tereftalato de Polietileno (PET por sus siglas
en inglés) y nuevas líneas de envasado en latas.
En la industria del papel
y el cartón se crearon tres firmas con empresas canadienses para
rehabilitar las fábricas ya existentes de Jatibonico, Santa Cruz del
Norte y Cárdenas. Hasta en los servicios públicos se produjeron
asociaciones con capitales extranjeros, como el caso de la empresa
Aguas de La Habana S.A., constituida en el año 2000 con
participación del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos y la
empresa catalana Grupo Aguas de Barcelona (Agbar) para gestionar el
servicio de agua en la capital (con desiguales resultados, visto lo
visto).
A todo lo anterior hay que
añadir la creación de Zonas Francas o zonas económicas libres, cuyo
objetivo en Cuba ha sido crear una especie de “reserva capitalista
protegida”, incentivar aún más la inversión extranjera y evitar la
incómoda “fiscalización por parte de la mano izquierda, de lo que
hace la mano derecha”. Las condiciones que ofrecen para los
inversionistas no pueden ser mejores:
“… los operadores de ZF
(Zonas Francas) que realicen actividades manufactureras, ensamblaje,
procesamiento de productos terminados o semielaborados, no pagarán
aranceles a sus importaciones. Tampoco pagarán impuestos sobre
utilidades y el impuesto por la utilización de la fuerza de trabajo
en los primeros doce años de operación, y bonificación del 50%
durante los siguientes cinco años. Los operadores que realicen
actividades comerciales y de prestación de servicios estarán exentos
del pago de aranceles y de los mencionados impuestos solamente para
los primeros 5 años y una bonificación del 50% durante los
siguientes tres años. Todos los operadores pueden destinar al
mercado nacional el 25 % de los bienes provenientes de sus
actividades. No pagarán derechos arancelarios para la introducción
en el mercado nacional de bienes que hayan sido objeto de una
transformación (valor agregado en sus costos) que les aporte, al
menos, el cincuenta por ciento de su valor final”.
El boom de las empresas
mixtas y firmas extranjeras cobra un auge extraordinario a partir de
1994 (en abril se crea el Ministerio para la Inversión Extranjera y
la Colaboración Económica), llegando a alcanzar en apenas unos años
un multimillonario volumen de negocios y cubriendo, como se ha
visto, prácticamente todos los sectores y ramas de la actividad
económica.
Entre los principales
atractivos para la inversión extranjera en Cuba están las
expectativas de una futura evolución política y económica (muchos
inversores creen que hay que “estar allí antes de”), la legislación
vigente (a pesar de la relativa inseguridad derivada de los vaivenes
en las decisiones políticas), la situación geográfica de la isla (en
especial para el turismo y no solo por el clima), la disponibilidad
de recursos naturales específicos, la cualificación de la fuerza de
trabajo (según la actividad), y la ausencia de “conflictividad
laboral”.
·
El
paraíso de los explotadores
Esta última ventaja
comparativa la garantiza (o la ha garantizado al menos en los
últimos 17 años) la Ley 77 de 5 de septiembre de 1995 en su capítulo
XI, artículos del 30 al 37, que regula el Régimen Laboral de las
empresas mixtas y extranjeras que operan en el territorio nacional,
a partir de las “adecuaciones” que introduce en la legislación
laboral y de seguridad social vigente en Cuba.
Los trabajadores que
presten sus servicios en las actividades correspondientes a las
inversiones extranjeras serán, como norma general, cubanos o
extranjeros residentes permanentes en Cuba, excepto determinados
cargos de dirección superior o algunos puestos de trabajo de
carácter técnico que, por decisión de los órganos de administración
y dirección de dichas entidades, desempeñen personas no residentes
permanentes en el país, y que estarán sujetas a las disposiciones de
inmigración y extranjería.
Ahora bien, el artículo 33
establece que el personal cubano o extranjero residente permanente
en Cuba que preste servicios en las empresas mixtas (y en las
empresas de capital totalmente extranjero), con excepción de los
integrantes de su órgano de dirección y administración, es
contratado por una entidad empleadora propuesta por el Ministerio
para la Inversión Extranjera y la Colaboración Económica y
autorizada por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Solo por
excepción se prevé la contratación directa.
Los pagos al personal
cubano y extranjero residente permanente en Cuba se hacen en moneda
nacional, que debe previamente obtenerse con divisas convertibles.
La entidad empleadora referida en el párrafo anterior contrata
individualmente a los trabajadores cubanos y extranjeros residentes
permanentes, los que mantienen con ella su vínculo laboral. Dicha
entidad empleadora paga a esos trabajadores sus haberes.
Cuando las empresas mixtas
o las empresas de capital totalmente extranjero consideren que un
determinado trabajador no satisface sus exigencias en el trabajo,
pueden solicitar a la entidad empleadora que lo sustituya por otro.
Cualquier reclamación laboral se resuelve en la entidad empleadora,
la que paga a su costa al trabajador las indemnizaciones a que
tuviere derecho, fijadas por las autoridades competentes; en los
casos procedentes, la empresa mixta o la empresa de capital
totalmente extranjero, resarce a la entidad empleadora por los
pagos, de conformidad con el procedimiento que se establezca y todo
debe ajustarse a la legislación vigente.
Por último, según el
artículo 37, se faculta al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
para dictar cuantas disposiciones complementarias sean necesarias,
especialmente en las materias de contratación laboral y disciplina
del trabajo.
Por ley, el inversor
extranjero prescinde cuando quiera del trabajador cubano, y sin
tener que ofrecer demasiadas explicaciones a nadie. La Central de
Trabajadores de Cuba, el único sindicato existente subordinado a las
directrices del Partido y del gobierno jamás va a reclamarle nada,
entre otras razones porque en la práctica no es él quien contrata.
El trabajador no tiene con el inversor ningún vínculo laboral legal.
No puede formar otro sindicato ni se le reconoce el derecho a
huelga. Cuba es el paraíso de los explotadores.
La empresa estatal de
contratación dará por finalizado el contrato y procederá a abonar
unos ridículos adeudos por liquidación (previo cobro en dólares al
inversor) según lo estipulado en la Resolución No. 3/96 del
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social publicado el 24 de mayo de
1996 en la Gaceta Oficial.
El trabajador deberá acatar lo que decidan el inversor y la empresa
de contratación estatal.
El trabajador cubano debe
pasar un filtro político ideológico para poder aspirar a trabajar en
una empresa extranjera o mixta. Si es militante del Partido o de la
Juventud Comunista mejor, pero aún así debe demostrar su “idoneidad”
en cuanto al “cumplimiento de los principios éticos, morales y
profesionales que caracterizan a la sociedad socialista” en
correspondencia con “las nuevas exigencias y transformaciones”.
Una vez contratado debe
mantener permanente vigilancia contra todo hecho o actitud lesiva
a los intereses del Estado… ser discreto y racional en el uso y
transmisión de la información a su alcance, así como garantizar la
protección de la información oficial clasificada que sea de su
conocimiento… y comunicar al nivel correspondiente las acciones o
hechos violatorios que puedan atentar contra la dignidad, la
seguridad y los principios de la revolución, entre otras
disposiciones establecidas por el ministro del ramo de que se trate
para regular las relaciones del personal cubano con el personal
extranjero, relaciones que deberán limitarse estrictamente y en todo
momento al ámbito laboral.
Ello le convierte de hecho en un informante potencial de la
Seguridad del Estado.
Pero aún hay más. El
inversor extranjero abona el salario de los trabajadores en dólares
a la entidad empleadora, mientras que ésta les paga a los
trabajadores en moneda nacional.
Gregorio Dávila Díaz
elaboró un documento como becario ICEX titulado “El Mercado Laboral
Cubano para las Empresas Extranjeras”, divulgado por la Oficina
Económica y Comercial de la Embajada Española en Cuba, en el que
incluyó una tabla que refleja el salario mínimo según el nivel
profesional (cualificación y experiencia) que le paga la agencia
empleadora cubana al trabajador en moneda nacional, que multiplicado
por un coeficiente que se aplica según la categoría, da como
resultado el salario mínimo en dólares que pagará el inversor
extranjero a la agencia empleadora cubana.
A ello habrá que añadir
otros complementos, y la posibilidad de cobrar además un plus a
partir de un fondo de estimulación económica que se puede formar a
partir de las utilidades de la empresa, según establece el artículo
32 del capítulo XI de la citada Ley.
A modo de ejemplo,
extraído de dicha tabla, un empleado sin cualificación cobraría un
salario mínimo de 150 pesos cubanos,
mientras que el
inversor le pagaría a la agencia empleadora 265 dólares como
resultado de multiplicar el salario mínimo en moneda nacional por un
coeficiente (1.7797 en este caso).
Según el mismo
procedimiento, un directivo cubano recibiría un salario mínimo en
moneda nacional de 435 pesos cubanos pagado por la agencia
empleadora, mientras ésta recibiría de parte del inversor 664
dólares como resultado de multiplicar aquella cantidad por un
coeficiente de 1.5261.
El problema radica en que
aunque la tasa de cambio oficial que establece el Banco Nacional de
Cuba equipara el peso cubano con el dólar, si un cubano quiere
adquirir la moneda que circula interna y paralelamente en el país
denominada Peso Cubano Convertible CUC, única que le permite comprar
en las tiendas en divisas, debe pagar en las casas u oficinas de
cambio habilitadas al efecto (las famosas CADECA) 24 pesos cubanos
por un CUC.
Por lo tanto, el salario
mínimo de 150 pesos cubanos que le pagaría la agencia empleadora a
un trabajador sin cualificación en el citado ejemplo, equivale en
realidad (dividiendo 150 entre 24) a seis dólares con veinticinco
centavos ($6.25). Ello significa que la agencia empleadora cubana se
embolsa “revolucionariamente” en la práctica el 97,64% del salario
que abona el inversor extranjero en divisas convertibles, y otro
tanto ocurre en el caso de los directivos. Que baje Dios y vea las
bondades del socialismo cubano.
El Grupo por la
Responsabilidad Social Corporativa en Cuba (GRSCC)
ha denunciado la
política antisindical y discriminatoria del gobierno, a pesar de
estar entre los primeros países que más convenios internacionales
tiene ratificados en dicha materia.
En particular resalta las
violaciones relacionadas con:
·
El Convenio
Nº 87 de libertad sindical y protección del derecho de sindicación
de 1948, ratificado por Cuba en 1952, que establece que las
organizaciones de trabajadores y de empleadores tienen el derecho de
redactar sus estatutos y reglamentos administrativos, de elegir
libremente sus representantes, de organizar su administración y sus
actividades y de formular su programa de acción, así como que
las autoridades públicas deberán abstenerse de toda intervención que
tienda a limitar este derecho o a entorpecer su ejercicio legal.
·
El Convenio
Nº 98 sobre el derecho de sindicación y negociación colectiva de
1949 ratificado por Cuba también en 1952, que establece que los
trabajadores deberán gozar de adecuada protección contra todo acto
de discriminación tendente a menoscabar la libertad sindical… las
organizaciones de trabajadores y empleadores deberán gozar de
adecuada protección contra todo acto de injerencia de unas respecto
de las otras, ya se realice directamente o por medio de sus agentes
o miembros, en su constitución, funcionamiento o administración.
En este sentido el convenio considera acciones de injerencia
principalmente, las medidas que tiendan a fomentar la constitución
de organizaciones de trabajadores dominadas por un empleador o una
organización de empleadores, o a sostener económicamente, o en otra
forma, organizaciones de trabajadores, con objeto de colocar estas
organizaciones bajo el control de un empleador o de una organización
de empleadores.
·
El Convenio
Nº 95 de 1949 sobre la protección del salario, ratificado por Cuba
en septiembre de 1959, que establece que se deberá prohibir que
los empleadores limiten en forma alguna la libertad del trabajador
de disponer de su salario… Se deberá prohibir cualquier descuento de
los salarios que se efectúe para garantizar un pago directo o
indirecto por un trabajador al empleador, a su representante o a un
intermediario cualquiera (tales como los agentes encargados de
contratar la mano de obra) con objeto de obtener o conservar un
empleo.
·
El Convenio
Nº 111 sobre la discriminación en el empleo y ocupación de 1958,
ratificado por Cuba en 1960, que define el término discriminación
como cualquier distinción, exclusión o preferencia basada en
motivos de raza, color, sexo, religión, opinión política,
ascendencia nacional u origen social que tenga por efecto anular o
alterar la igualdad de oportunidades o de trato en el empleo y la
ocupación…
Según el citado documento
del GRSCC, el gobierno de Cuba ha recibido por escrito de parte de
los organismos internacionales correspondientes, entre otras, las
siguientes observaciones:
“… el pluralismo sindical
debe ser posible en todos los casos y la ley no debe
institucionalizar un monopolio de hecho. Incluso, en el caso que la
unificación del movimiento sindical cuente, en un momento
determinado, con la aquiescencia de todos los trabajadores, éstos
deben seguir gozando de la libertad de crear sindicatos, si así lo
desean, al margen de la estructura establecida.
... La Comisión
(se refiere a la
Comisión de Aplicación de Normas de la Conferencia Internacional del
Trabajo) recuerda que, de conformidad con la Resolución de 1952
sobre la independencia del movimiento sindical, la misión
fundamental y permanente del movimiento sindical es el progreso
económico y social de los trabajadores, y para estos fines es
indispensable preservar en cada país la libertad y la independencia
del mismo. Para ello, los gobiernos no deberían tratar de
transformar al movimiento sindical en un instrumento político y
utilizarlo para alcanzar sus objetivos políticos, ni inmiscuirse en
las funciones normales de un sindicato, tomando como pretexto que
éste mantiene relaciones libremente establecidas con un sindicato.
La Comisión pide al Gobierno que garantice la libre afiliación de
los trabajadores de acuerdo con el principio enunciado.
… el derecho de huelga no
está reconocido en la legislación cubana y su ejercicio en la
práctica está prohibido. La Comisión toma nota asimismo de la
información del Gobierno según la cual la legislación no reglamenta,
limita o prohíbe las huelgas, pero los trabajadores no tienen
necesidad de recurrir a ellas porque las organizaciones sindicales
representativas de los trabajadores tienen las garantías necesarias
para su participación en las diferentes instancias, tanto
empresariales como de Gobierno, cuando se adoptan decisiones de su
interés. La Comisión recuerda que el derecho de huelga constituye
uno de los medios esenciales de que disponen los trabajadores y sus
organizaciones para fomentar sus intereses económicos y sociales. La
Comisión pide al Gobierno que tome medidas para asegurar que nadie
sea discriminado o perjudicado en su empleo por el ejercicio
pacífico de dicho derecho y que lo mantenga informado al respecto.
En la práctica la mayoría
de los inversores “incentivan” a sus trabajadores adicionalmente en
CUC, o en especies mediante una asignación de los productos que
ellos mismos elaboran como en el caso de la ropa, el calzado o los
alimentos.
Durante 1991 ó 1992 se
desarrollaron unas conferencias o charlas los sábados por la mañana
en el salón de actos de la Facultad de Economía, a las que asistía
siempre algún invitado. Recuerdo en especial una serie temática con
el que entonces era el ministro-presidente del Comité Estatal de
Finanzas, Rodrigo García León, apenas dos o tres años antes de que
se suicidara.
En una ocasión acudió un
directivo de una cadena hotelera española, que me impresionó
gratamente por su humildad y sinceridad. Después de decir que esa
era la vez que más cerca había estado de una universidad en toda su
vida, de reconocer que su verdadero trabajo consistía en ser “los
ojos y oídos” de la alta dirección de la firma, y de dar las gracias
por nuestro interés en conocer sus experiencias, comenzó a explicar
las líneas maestras de su simple pero eficaz política de recursos
humanos.
En primer lugar,
tolerancia cero con el robo, una práctica muy extendida en todas las
empresas cubanas, ya fuesen estatales o mixtas. Ante la mas leve
sospecha, a la calle con el trabajador sin contemplaciones.
Seguidamente, este
directivo practicaba según sus palabras una especie de “gestión
itinerante” (término de moda por aquel entonces en la literatura
gerencial popularizado por Tom Peters, el gurú de la Excelencia) y
una intensa comunicación con todos los trabajadores, a los que les
preguntaba por sus problemas y necesidades materiales y familiares.
Si una trabajadora (ese
fue el ejemplo que puso) le decía que tenía un hijo enfermo, la
autorizaba a llevarse a su casa un pollo. Si el problema era que el
niño o la niña no tenían zapatos para ir al colegio, le compraba un
par (incluso de su dinero personal) en la tienda del hotel en
divisas operada por Cimex o por Cubanacán.
En aquel momento aún no se
había despenalizado la tenencia de dólares, por lo que no podía
entregarle el dinero en mano, pero aún así siempre intentaba premiar
de alguna manera a los mejores trabajadores, así como mantener al
resto “contento” y alejado de las malas tentaciones.
·
Tener o
no tener CUC: esa es la cuestión
Después que se hizo
efectiva la despenalización de la tenencia de divisas el 9 de agosto
de 1993, se produjo una profunda fractura en la sociedad cubana.
Aunque el salario en las empresas mixtas se cobra en pesos cubanos,
siempre hay al menos una pequeña gratificación a modo de “estímulo”
en CUC, que marca una diferencia ostensible con el resto de los
trabajadores cubanos. Con veinte CUC se consigue algo de leche, un
poco de aceite, algún jabón y hasta un poco de carne. Eso en Cuba es
mucho.
Hasta tal punto llega el
nivel de depauperación de los trabajadores cubanos, que ni siquiera
pueden cubrir sus necesidades básicas con el dinero que reciben a
cambio de sus esfuerzos. No lo digo yo, lo reconoció públicamente
Raúl Castro el 26 de julio de 2007.
Según un trabajo publicado
por Cuba Study Group,
existe una notable diferencia entre el poder adquisitivo de un
trabajador cubano y un trabajador costarricense, hondureño o
dominicano, medido por la cantidad de horas de trabajo requeridas
para adquirir los alimentos de la canasta básica. He aquí algunos
ejemplos, calculados en el año 2009:
·
Un cubano
habría de trabajar 42,6 horas (prácticamente su semana laboral
íntegra de 44) para comprar una libra de mantequilla (460 gramos)
mientras que un costarricense trabajaría 2,9 horas, un hondureño 2,1
y un dominicano 3,8.
·
Un cubano
tendría que trabajar poco más de dos días y medio (20,5 horas) para
adquirir 460 gramos de costilla de cerdo. Un costarricense
trabajaría algo menos de dos horas (1.9), un hondureño 3 horas, y un
dominicano 7,6.
·
Un cubano
trabajaría todo un día (8.5 horas) para comprar 460 gramos de patata
blanca fresca. Un costarricense 18 minutos (0.3 horas), un hondureño
54 minutos (0.9 horas), y un dominicano 2 horas y 18 minutos.
Me consta que hay algunos
técnicos, especialistas y directivos cubanos en empresas extranjeras
que reciben en “B” veinte o veinticinco mil dólares anuales o su
equivalente en CUC, auténticas fortunas para las condiciones de
Cuba, pero esos constituyen una minoría muy privilegiada. Aclaro que
aquí no están incluidos los verdaderos millonarios: los militares
empresarios, los dirigentes de primer nivel y los testaferros del
Comandante.
La “dolarización” de la
economía y la existencia de un mercado que opera solo en divisas,
han provocado una marcada y dolorosa estratificación de la sociedad
cubana como jamás se conoció anteriormente en toda la historia del
país.
Con una Libreta de
Abastecimientos o cartilla de racionamiento siempre insuficiente y
ahora en vías de extinción, con el despido masivo de miles de
trabajadores del estado y la consiguiente pérdida de sus escuálidos
ingresos, sin dólares o CUC se sobrevive a duras penas.
Aquellos que no tienen “la
suerte” de ser explotados simultánea y coordinadamente por el estado
“socialista” y el inversor foráneo, que no viajan o no trabajan
cumpliendo “misiones” en el extranjero, que no reciben remesas de
sus familiares residentes en el exterior, que no tienen ocasión de
robar o que no quieren hacerlo, conforman una extensa capa social
que vive en la miseria, oculta por las estadísticas del régimen.
Porque la inmensa mayoría de los trabajadores cubanos en general y
de sus familiares residentes en la isla, que tienen que subsistir
con un ingreso de menos de 20 dólares al mes, ya son muy pobres
según la definición del Banco Mundial, que sitúa como límite para
clasificar en ese grupo un ingreso inferior a $1,25 al día.
Los inversionistas
extranjeros en Cuba y los gobiernos que los representan conocen
perfectamente esta situación. Ello les convierte en cómplices y/o
colaboradores necesarios de la violación sistemática de los derechos
laborales de sus trabajadores, reconocidos por los organismos
internacionales que legislan sobre esta materia, y (por extensión)
de la violación de todos los demás derechos de los ciudadanos
cubanos.
·
Tomando
el futuro por asalto
Pero también está la otra
cara de la moneda. La dirigencia del régimen no es un sujeto pasivo
o dependiente plegado a los intereses de unos inescrupulosos
inversores capitalistas, sino más bien todo lo contrario. Los
inversionistas son “el puente hacia la felicidad” y el seguro de
vida de la clase dirigente y de sus descendientes.
Existe un conglomerado
global
de cientos de
empresas cubanas (algunas ya mencionadas y en activo desde finales
de la década del 70) en manos de la élite en el poder, que operan en
el territorio nacional y en decenas de países, controladas
estratégicamente por Raúl Castro y dirigidas por antiguos y muy
leales oficiales de las Fuerzas Armadas y el Ministerio del
Interior, reconvertidos en flamantes empresarios capitalistas que
pretenden tomar el futuro por asalto, ya que el cielo (según la
conocida metáfora de Marx) no fue posible.
En cualquier caso, si de
lo que se trata es de entrar al reino celestial, ya se están
ocupando también de obtener el perdón de sus pecados a golpe de
talonario. Su Máximo Jefe, Fidel Castro, sabe que la historia y la
Divina Providencia son especialmente indulgentes con los poderosos e
implacables con los perdedores. Ya lo dicen los Evangelios: “Al
que tiene, le darán y le sobrará; al que no tiene le quitarán aún lo
que tiene.” Mateo, capítulo 13, versículo 12.
Cimex (Corporación
Importadora y Exportadora) poco tiene que ver con aquella pequeña
oficina semiclandestina fundada por Amado Padrón y Tony de la
Guardia en Ciudad de Panamá en 1977/78. Hoy día es un poderoso
holding financiero y comercial controlado por el Ministerio del
Interior, al que está asociada una red de casi cien empresas, con
ingresos calculados superiores a los mil millones de dólares, y con
representación comercial en decenas de países.
Cimex ha llegado a poseer
una red minorista que incluye las Tiendas Panamericanas, las
gasolineras o servicentros Servi-Cupet, las cafeterías “El Rápido”,
las tiendas fotográficas Photoservice, videocentros y centros
comerciales con galerías de tiendas y oferta gastronómica; la
naviera Melfi Marine, dedicada a la transportación marítima con
itinerarios regulares en el Caribe, Sudamérica y Canadá; ZELCOM, la
Zona Franca más importante del país con implantación en La Habana y
Santiago de Cuba y, fiel a sus orígenes, una Central de Compras para
la distribución mayorista.
También forman o han
formado parte de la corporación Cimex las empresas HAVANATUR, un
grupo internacional de touroperadores y agencias de viaje;
HAVANAUTOS, dedicada al servicio de alquiler de autos, taxis y
recreación; la firma Coral Negro, dedicada a la joyería y a la
distribución de relojes y joyas de alta calidad; la firma CONTEX,
especializada en el diseño y producción de ropa y colecciones de
moda; la Inmobiliaria Cimex, el Banco Financiero Internacional, y la
Financiera Cimex; Cubapacks, una empresa de mensajería, paquetería y
venta por catálogo hacia Cuba; el estudio de grabación Producciones
Abdala S.A., el sello discográfico Unicornio, la Editora Musical
Atril, y una División de Marcas y Exportaciones que comercializa las
marcas propias de la corporación como el ron Varadero, el Café
Cubita, o los refrescos Tropicola, Najita, Cachito y Jupiña, la
popular bebida pinareña rescatada después de casi 40 años de
revolución a finales del siglo XX… para el turismo internacional.
Por su parte GAESA (siglas
del Grupo de Administración Empresarial S.A.) es el gran holding de
las Fuerzas Armadas Revolucionarias, bajo el control directo de Raúl
Castro y de su yerno, Luis Alberto Rodríguez López-Callejas, casado
con su hija mayor Deborah, que muchos señalan como uno de los
posibles sucesores de la dinastía. También factura alrededor de mil
millones de dólares en actividades relacionadas en lo fundamental,
aunque no exclusivamente, con el turismo y el sector externo, y
probablemente una de sus funciones principales sea la acumulación de
dinero en el extranjero para garantizar el futuro de la élite. Al
frente de su junta directiva estuvo hasta su muerte el General Julio
Casas Regueiro.
El buque insignia de GAESA
es el ya mencionado grupo turístico Gaviota S.A. que posee decenas
de hoteles repartidos por todo el país, promocionados y
comercializados a nivel internacional a través de sus agencias de
viaje (Gaviota Tours) y que ofrece servicios de hostelería,
actividades recreativas, organización de eventos, así como
modalidades de turismo especializado y de salud. El grupo está
fuertemente relacionado con cadenas extranjeras como las españolas
Tryp Hoteles y Sol Meliá, y las francesas Mediterranée y Novotel.
Muy cercana dentro del
grupo por la actividad que realiza se sitúa Aerogaviota S.A., una
empresa que mueve todo el turismo dentro del país, que contó desde
sus inicios con una flota de aviones y helicópteros ubicada en la
Base Aérea de Baracoa, en Ciudad de la Habana, y cuyo personal es
militar prácticamente en su totalidad a pesar de ser, en principio,
una empresa civil.
La empresa Tecnotex S.A.
tiene una gran importancia estratégica para GAESA, dado que se
dedica a la importación y exportación de los productos que necesita
o produce el grupo. También ha actuado como tapadera para introducir
tecnología punta y burlar el embargo norteamericano.
Agrotex S.A. se dedica a
la producción de alimentos a partir de la agricultura y la
ganadería. Almest S.A. construye instalaciones hoteleras y realiza
trabajos de mantenimiento constructivo. Almacenes Universales S.A.
es una empresa de comercio interior y exterior que opera en las
zonas francas de Wajay, Mariel, Cienfuegos y Santiago de Cuba.
Servicios Automotores S.A. (Sasa) es una red de talleres de
reparación automotriz, y venta minorista de piezas y agregados.
Antex S.A. (Corporación
Antillana Exportadora) es una empresa importadora y exportadora de
maderas, barcos y similares, que ha participado activamente en la
creación de proyectos y sociedades offshore.
Según María Werlau, la entidad ha actuado como una tapadera de la
Contrainteligencia para introducir espías en otros países.
Sermar S.A. se dedica a la
prestación de diversos servicios marítimos y reparación de
embarcaciones. Entre dichos servicios está la arqueología submarina
y la búsqueda de tesoros hundidos en el mar, en lo que parece ser un
muy lucrativo negocio dada la cantidad de buques españoles
naufragados en las aguas territoriales cubanas durante cuatro siglos
de denso tráfico colonial. Se dice que Jacques Cousteau intentó, al
parecer infructuosamente, acceder a algunos pecios.
La reina de la recaudación
de divisas es la sociedad TRD Caribe, siglas por las que son
conocidas las Tiendas de Recuperación de Divisas, que cuenta
con centenares de establecimientos en todo el país. El secreto de su
éxito radica, además de controlar un mercado cautivo en calidad de
monopolio, en comprar mercancía barata en China y Hong Kong, y
venderla a unos precios muy superiores que le garantizan unos
estupendos márgenes. La División Financiera de GAESA es la encargada
de reinvertir los ingresos y de reproducir el “ciclo virtuoso” de
comprar barato, vender caro y mantener el monopolio.
Raúl Castro se aseguró la
eliminación de un sólido competidor interno con la disolución, por
acuerdo del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros fechado el 26
de mayo de 2009, de la Corporación Cubalse S.A., logrando así
centralizar directamente en sus manos una parte considerable del
mercado en moneda dura del país.
Cubalse (siglas que
significan Cuba al Servicio del Extranjero) era la decana de
las empresas cubanas que operaban con divisas, y fue el resultado de
la fusión de dos entidades surgidas en 1962, “Recuperación de
Valores del Estado” (cuya misión declarada inicialmente era “la
defensa del Patrimonio Nacional” mediante la identificación,
valoración y control de objetos de valor, desde muebles antiguos y
pinturas, hasta joyas y metales preciosos) y la “Empresa de
Servicios al Cuerpo Diplomático”, cuyo cometido se expresa
claramente en el nombre, subordinada al Ministerio de Relaciones
Exteriores, que operaba indistintamente en divisas, moneda nacional
y “moneda convenio” para los países socialistas, y que poseía
cientos de viviendas confiscadas a disposición del Cuerpo
Diplomático acreditado en Cuba.
El nombre Cubalse surgió
en 1970, aunque su constitución oficial se produjo por ley el 28 de
noviembre de 1974. En ese período la empresa mantenía las funciones
iniciales de las dos entidades que le dieron origen, y asumía nuevas
actividades comerciales. A través del Palacio del Arte
comercializaba objetos de valor (esquilmando desde entonces el
Patrimonio Nacional) y por medio de la Proveedora de Buques
suministraba productos alimenticios frescos a los barcos que
fondeaban en los puertos cubanos. A partir de 1974 la Empresa de
Servicios al Cuerpo Diplomático fue absorbida completamente por
Cubalse con toda su estructura y recursos.
En las décadas del 80 y
(principalmente) del 90 Cubalse creció, se diversificó y adquirió la
estructura de un holding que gestionó gasolineras, restaurantes,
cafeterías, una naviera, una agencia transitaria,
tiendas en divisas, alquiler de coches, almacenes, concesionarios de
firmas internacionales como Peugeot y Fiat, panaderías-dulcerías,
producción de helados, talleres automotores, publicidad, financieras
e inmobiliarias.
Dicho entramado se
organizó en cadenas, divisiones y líneas de negocio, con una amplia
cobertura territorial. Sus actividades comerciales se expandieron
internacionalmente a España, Italia, Japón y Venezuela. En 1997 se
creó la “Corporación de Comercio y Servicios Cubalse S.A.”, que ya
en 1998 poseía veinte sociedades subsidiarias.
Tras su disolución en
2009, GAESA y Cimex se repartieron el botín. Según lo dispuesto en
el citado acuerdo adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de
Ministros, TRD Caribe asumió toda la actividad de comercio minorista
y la infraestructura de compras, talleres de garantía y post venta,
transporte y logística en general; Cimex asimiló la gastronomía
minorista, la actividad inmobiliaria (excepto la destinada a prestar
servicios al Cuerpo Diplomático) la venta de vehículos a personas
jurídicas y naturales autorizadas, las plantas de helados, las
lavanderías, una clínica de animales afectivos, y el turismo de
salud; los Almacenes Universales S.A. trasladaron a su estructura la
actividad de comercio mayorista y la agencia transitaria; la empresa
Servicios Automotores S.A. absorbió los servicios y actividades
propias de su objeto social que prestaba Cubalse; la Empresa Palacio
de las Convenciones (ahora Grupo Empresarial PALCO) incorporó el
Edificio Focsa, la actividad inmobiliaria y la agencia empleadora
vinculada al Cuerpo Diplomático, y GAESA absorbió centralizadamente
las oficinas que tenía Cubalse en el exterior.
El otro gran emporio que
gestiona la casta dirigente es el Grupo Cubanacán, constituido en
agosto de 1987 con el propósito de promover, comercializar y operar
instalaciones hoteleras de diversas modalidades y categorías en Cuba
y en el extranjero. Según afirma su página web, cuenta con más de 70
hoteles y 15,000 habitaciones en propiedad o en asociación con
prestigiosas cadenas hoteleras internacionales, y complementa estos
servicios con las Agencias de Viajes Cubanacán, Cubanacán Turismo y
Salud, y Cubanacán Express.
Por último, y sin ánimo de
exhaustividad, dentro de esta relación hay que mencionar a la
empresa Medicuba, que se dedica a la importación y exportación de
materias primas y especialidades farmacéuticas, equipos y material
médico, odontológico y veterinario. Uno de sus negocios más
importantes ha sido la venta al exterior de vacunas y medicamentos
producidos en el país.
(continuará)
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Pero, no lo olvidemos, los cubanos tienen salud y educación
gratuita. Los “turistas ideológicos” se auto convencen de su
“valiosa contribución” al mantenimiento de los logros
revolucionarios, entre Daiquirí y Daiquirí.
El Reglamento que regula el régimen laboral en las sucursales se
encuentra en la Resolución No. 11/2000 del Ministerio del
Trabajo y Seguridad Social, publicado el 31 de marzo de 2000 en
la Gaceta Oficial.
Las citas en cursiva se corresponden específicamente con las
regulaciones establecidas por la Resolución no.10-2005 del
Ministerio del Turismo en dicha materia. Cada ministerio y
organismo establece las suyas.
Castañeda, Rolando H. y Montalván, George Plinio.- “El
sistema laboral cubano y la irresponsabilidad social corporativa
de los inversionistas extranjeros: puntos de vista de
sindicalistas y periodistas independientes”, citando el
trabajo de Mario González-Corzo-y Susel Pérez “Análisis
Comparativo del Poder Adquisitivo en Cuba”, de Mayo de 2009.