El cálculo económico es todo juicio estimativo que hace el actor sobre el valor que tienen los recursos económicos y, especialmente, en una sociedad civilizada, entendida como un orden extenso, complejo y abierto de colaboración humana.
Así, desde una perspectiva económica austriaca, se distinguen el mundo interno subjetivo, "ordinal" y no cuantitativo de los agentes económicos, y el mundo externo "cardinal", que opera con cómputos y cálculos numéricos.
Existen dos instituciones que unen el mundo interno (cualitativo) con el mundo externo (cuantitativo) de las transacciones económicas del día a día. Es decir, estas instituciones permiten que se produzcan las transacciones económicas como resultado de acciones subjetivas (cualitativas y sin posibilidad de cómputos numéricos) o psíquicas que se proyectan sobre los medios o fines económicos.
Por un lado, existe la institución del intercambio sometido a Derecho o, si se prefiere, los vínculos contractuales. Y, por otro lado, también existe la institución del dinero, que se define como el medio de intercambio común y generalmente aceptado por la población de un territorio.
1. Imposibilidad de cálculo económico
Cuando el marco institucional dificulta o impide el intercambio sometido a Derecho y/o el medio de intercambio común que constituye el dinero, se producen situaciones de deterioro económico que pueden llegar a imposibilitar el cálculo económico por medio de, por ejemplo: el crecimiento del gasto público que permite aumentar el tamaño del Estado y significa la expropiación creciente del dinero privado vía impuestos, la hiperlegislación en contra del libre ejercicio de la función empresarial, o la alteración del valor del medio de intercambio que constituye el dinero.
Es decir, se considera que la acción humana ejercida en libertad permite mayores niveles de prosperidad por medio de la maximización del intercambio de bienes y servicios en un territorio donde prevalecen las dos instituciones mencionadas, el intercambio sometido a derecho y dinero. El intervencionismo introduce barreras que impiden el libre ejercicio de esas instituciones.
En ese sentido, la acción humana se considera equivalente al ejercicio de la función empresarial que se caracteriza por la aplicación por el ser humano de sus capacidades de creatividad y de coordinación que le permiten la búsqueda, la identificación y el aprovechamiento de las oportunidades de ganancia que existen en el entorno.
Por ello, las instituciones del intercambio sometido a Derecho y del dinero deben ser protegidas por el marco institucional de un país para que la acción humana entendida como ejercicio de la función empresarial se produzca con un mínimo de coacción.
2. Sociedades de Mercado versus sociedades de Estado
Por otro lado, desde este punto de vista de maximizar la eficiencia dinámica en economía por medio del ejercicio de la función empresarial (o, si se prefiere, por medio de la acción humana), se pueden distinguir dos tipos de sociedades. Por un lado, las sociedades basadas en vínculos contractuales o vínculos interpersonales de tipo voluntario (por mutuo acuerdo entre las partes), en donde prevalece el mercado. Y, por otro lado, las sociedades basadas en vínculos hegemónicos en donde se imponen coactivamente los vínculos hegemónicos o vínculos interpersonales de tipo forzado y en donde prevalece el Estado (central, regional-autonómico y local).
Las características principales de las sociedades donde prepondera el mercado y de las sociedades donde se impone el Estado son las siguientes:
Sociedad donde prevalece el MERCADO | Sociedad donde se impone de ESTADO |
1. Cooperación social por contratos. | 1. Cooperación social por mandatos. |
2. Relaciones sociales simétricas. | 2. Relaciones sociales asimétricas. |
3. Cada ser humano persigue sus propios fines. | 3. Se persiguen los fines ajenos del que manda por coacción institucional. |
4. Mayor riqueza producida por medios económicos, preponderando el comercio y la industria. | 4. Menor Riqueza producida por medios políticos, preponderando la subasta de prebendas, subsidios, ayudas, oligopolios... |
5. Estado de Derecho o situación donde impera la Ley como norma de carácter general que se aplica a todos sin tener en cuenta ninguna particularidad (personal, territorial, idiomática, cultural, de clase, de género...) | 5. Estado de hiperlegislación con el Derecho Público o Administrativo preponderando sobre el derecho privado y sobre el derecho civil, mercantil y penal. |
6. LIBERTAD entendida como "ausencia de coacción". | 6. Libertad entendida como "poder hacer" del que manda ya sea dictador o una mayoría democrática coyuntural. |
7. Sociedad civilizada entendida como orden extenso, complejo y abierto de colaboración humana y basada en el comercio y los acuerdos voluntarios | 7. Sociedad basada en "ismos" hegemónicos como el comunismo, el socialismo, el fascismo, el nacional-socialismo, el nacional-separatismo... que pretenden "guiar" la sociedad hacia utopías y desembocan en la imposibilidad de cálculo económico al impedir las instituciones del libre intercambio sometido a derecho y del dinero |
3. Tamaño del Estado en España en el año 2012
Habiendo señalado los anteriores conceptos económicos, resulta curioso observar el tamaño que ha alcanzado el Estado (central, regional-autonómico y local) en España:
PIB 2012 de España (según estimación de la Comisión Europea) | 1.054.399 Millones € |
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Gasto AGE (PGE 2012) | 362.115 Millones € | 34,34 % PIB |
Gasto Autonomías (presupuesto 2012) | 164.993 Millones € | 13,34 % PIB (*) |
Gasto Entidades Locales (presupuesto 2012) | 63.632 Millones € | 4,61 % PIB (*) |
TOTAL GASTO AA.PP. (presupuesto 2012) | 551.373 Millones € | 52,29 % PIB |
Fuente: Secretaría de Estado de Presupuestos. Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
Nota: (*) Porcentajes descontando previamente las transferencias de la AGE en el año 2012, presupuestadas en 24.309 Millones € para las autonomías y en 15.058 Millones € para las entidades locales. |
Como se observa en el cuadro, desviaciones presupuestarias aparte, tenemos un tamaño del Estado que suma un 52,3% del PIB en el año 2012, lo que debe proporcionar una idea a los lectores sobre las importantes reformas estructurales que se precisan en España.
Especialmente, si se considera el entorno de economía global y la necesidad de competir con muchos países emergentes (como, entre otros, los conocidos como BRICKS: Brasil, Rusia, India, China, Corea del Sur y Sudáfrica), que están alcanzando tasas de crecimiento elevadas, con un tamaño de Estado que está entre quince y veinte puntos porcentuales por debajo del nivel alcanzado por España, nos damos cuenta de la necesidad de realizar profundos cambios estructurales para poder obtener crecimiento económico en el medio y largo plazo.
En resumen, España requiere transitar hacia una sociedad en donde prevalezcan las soluciones de mercado para lograr tasas de crecimiento por medio del ejercicio libre de la función empresarial. Los ciudadanos y, de modo especial, los políticos deben olvidarse de pretender “guiar” una sociedad con una estructura territorial hipertrofiada, en donde se impone coactivamente el Estado: con más de un 60% de gasto público “social” y “autonómico”, con un excesivo endeudamiento, con elevados niveles de impuestos, con mercados híper regulados y con múltiples barreras en contra del comercio y de la eficiencia dinámica en economía.