Sin ofrecer justificación de
ningún tipo, desde inicios de este año las principales entidades
comercializadoras en divisas de Cuba quedaron exoneradas de pagar el
impuesto correspondiente al Estado.
A pesar de tener un déficit fiscal para el 2014 de 3,890 millones de
pesos, la Asamblea Nacional de Cuba liberó del pago de impuestos a “las
instalaciones hoteleras, a las entidades pertenecientes al Ministerio
del Turismo, a la Oficina del Historiador de la Ciudad de La Habana, al
Grupo de Administración Empresarial de las Fuerzas Armadas
Revolucionarias (GAESA) y al Grupo Empresarial PALCO”.
Según el artículo 63
de la Ley No. 117, todas estas entidades quedaban excluidas de
desembolsar el 10 por ciento de sus ingresos al erario nacional, según
lo establece el Sistema Tributario cubano. (Ley 113, Artículos 139 y 150).
¿Cuánto se guardan y quiénes se benefician?
El año pasado el turismo cubano produjo 2 millones 600.000 dólares,
de ellos, 1.804 millones en ganancias netas. De mantenerse ese ritmo, en
el 2014 estaríamos hablando de que el Estado cubano dejaría de percibir
108 millones de dólares en impuestos, sin contar las ganancias de
GAESA.
Según reportes de prensa el Grupo de Administración Empresarial de
las Fuerzas Armadas Revolucionarias controla un gran número de empresas
importantes, como TRD Caribe, Gaviota, Aero Gaviota, Cubanacán, Cimex, Habanos, entre otras. Todas ellas operan en divisas.
El Grupo Empresarial PALCO, por su parte, nació en
el año 2009, cuando se le adicionan a la Empresa Palacio de Convenciones
de La Habana nuevos servicios y actividades, provenientes
fundamentalmente de la Corporación Cubalse.
PALCO está formado por nueve divisiones que
funcionan con diferentes estructuras de producción y funciones sociales:
Organizadora de Congresos, Ferias y Exposiciones; servicios turísticos,
Inmobiliaria PALCO, constructora INVERCO-PALCO, Empleadora PALCO, de
compras e importaciones, de logística, de servicios informáticos y
comunicaciones, así como de servicios de Protocolo.
La tapa al pomo
Por si fuera poca la cantidad dejada de recibir por parte del Estado
cubano, la ministra de Finanzas y Precios, Lina Olinda Pedraza
Rodríguez, firmó en marzo otra resolución (No.140/ 2014) con el objetivo de exonerar de impuestos sobre las ventas minoristas en CUC a otros dos conglomerados: el Grupo Palmares y el Grupo Caracol.
El Grupo Palmares cuenta, a saber, con 12 sucursales, y de él forman
parte famosos lugares y destinos de Cuba como el Cabaret Tropicana, La
Bodeguita del Medio, El Floridita y el Campo de Golf de Varadero.
Además, presta servicios de comida rápida, restaurantes, bares,
complejos turísticos recreativos, comercio especializado, turismo de
naturaleza y turismo deportivo.
El Grupo Empresarial Caracol se fundó en el año 2005 en La Habana, con 600 tiendas a lo largo de todo el país.
Para expertos como la economista independiente de Pinar del Río
Karina Gálvez, estas medidas significan una mayor posibilidad de obtener
ganancias en moneda dura “además de estar con una ventaja sobre las
demás tremenda. Tienen el monopolio absoluto; ellas no compiten entre
sí, tienen los mismo precios, los mismos productos…”.
Por otro lado, el abogado de las Tunas Yuniesky San Martín Garcés
refiere que “nunca he visto a ningún diputado levantar la mano ni
siquiera absteniéndose a nada, mucho menos en contra”. Esa es la razón
por la cual, según su criterio, la Asamblea Nacional aprobó una ley en
contra del tesoro público.
La otra cara de la moneda: el cuentapropismo
En el año 2013 presentaron su Declaración Jurada de impuestos el 91
por ciento de los cuentapropistas de la isla. Los 15.505 que no lo
hicieron recibieron multas, mientras que 38 casos fueron presentados
ante los tribunales.
Entre el 2011 y el 2013 fueron presentados un total de 77 cubanos
ante las instancias judiciales por problemas asociados a los pagos al
fisco.
Unos 3.000 contribuyentes adicionales solicitaron una extensión de
pago de su deuda con el erario, debido a que no contaban con los fondos
suficientes.
Los únicos cuentapropistas exonerados (Ley 117, Artículo 64) del pago
del impuesto sobre las ventas minoristas fueron los vendedores de
productos agropecuarios de las provincias Artemisa, La Habana y
Mayabeque.
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