miércoles, abril 09, 2008

La emigracion y los CDR en el exterior/ Tomado de Enrisco

Caricatura Omar Santana tomada de Enrisco

Enrisco nos trae en Cambios, cambios, cambios unos comentarios de "ele kobio" sobre una visita a un consulado cubano.

"La transición cubana ha irrumpido con fuerza y los signos de cambio están por doquier. Hoy por ejemplo, me han presentado la nueva planilla "Obligaciones y derechos de titulares de PRE [Permiso de Residencia en el Exterior] y PSI [Permiso de Salida Indefinida]" como algo nuevo y 'que ya se venía haciendo necesario', según la funcionaria.

Echémosle un look a ambos, parafraseados por mí (aunque así que se perderán el delicioso tufillo de la redacción castrista):

Obligaciones:
  1. Inscribirse en el registro de la oficina consular dentro de los 3 días de llegada al país.
  2. Mntener vínculos con la oficina consular (participar en las actividades)
  3. Si cambia de país, tiene 60 días para hacer punto 1)
  4. Los que tienen PSI tienen que pedir permiso de entrada a cuba

Derechos:

  1. Estar en cuba hasta 1 año, prorrogando cada 90 días.
  2. Si viaja a cuba con mujer o hijo menor de 21, pagará visa (A-2, $ 80.00) (¿Es esto un derecho?)
  3. Puede regresar a vivir cuando quiera
Preguntas a la funcionaria:

¿Y uno está "obligado" a participar en las actividades?

R: Y sí, claro. ¡Es lo mínimo que le podíamos exigir!Ah…claro…¿Y que pasa si uno no participase en las actividades..?

R: Bueno, ud. estaría demostrando que no tiene interés alguno en relacionarse con el consulado.¿Y..?

R: Bueno, pues se le retiraría su PRE o PSI.Ah…claro…¿y que actividades son esas?

R: El 26 de Julio, por ejemplo, nuestra fiesta nacional…A ver, fírmeme aquí, ¿cuál es su email?"

2 comentarios:

  1. y ahora se habla de darles un permiso de dos años para estar fuera del país sin que los declaren "queda'o".

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  2. abonando puntualmente la cuota mensual en el consulado correspondiente
    Tu crees que aflojen con las cartas de invitacion?

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